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Denuncias archivadas

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Tipo Norma Número Nombre/Título Fecha Fecha, medio y forma de publicacion Posee efectos generales o particulares Fecha de Útlima actualización Breve descripción Enlace
Resolución Exenta 47 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO PLANTA BOQUERÓN CHAÑAR, DE LA EMPRESA DMC SPA. 12/01/2021 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 24 de junio de 2021, en contra de la empresa DMC SpA, titular del proyecto “Planta Boquerón Chañar”, localizado en la Quebrada Algarrobal, sector Boquerón Chañar, comuna de Vallenar, región de Atacama, dado que los hechos denunciados no cumplen con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el 3° del Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por dichos hechos. Ver enlace
Resolución Exenta ORA 05 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08/02/2022 Página Web Particulares   ARCHÍVESE la denuncia individualizada en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto, quinto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Resolución Exenta 191 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS ANTE LA
SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE POR EL
SENADOR ALEJANDRO NAVARRO BRAIN; HÉCTOR
ELISEO BAZA MELLA, EN REPRESENTACIÓN DE
VECINOS Y VECINAS DEL SECTOR CURACO ALTO; Y
FELIPE ANDRÉS ROMERO PEDREROS Y OTROS, EN
CONTRA DEL PROYECTO “CENTRO INTEGRAL DE
TRATAMIENTO AMBIENTAL CURACO ALTO”.
08/02/2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR las denuncias
presentadas ante la SMA, por Alejandro Navarro Beltrán y vecinos y comunidades del sector Curaco
Alto en la Comuna de Tomé, en contra del proyecto “Centro Integral de Tratamiento Ambiental
Curaco Alto”, del titular Hera Bio Bio SpA.
Ver enlace
Resolución Exenta 1.555 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA EN CONTRA DEL
PROYECTO "CAMPAÑA DE EXPLORACIÓN DE
MINERALES NO METÁLICOS EN EL SALAR DE
ATACAMA", CUYO TITULAR ES WEALTH MINERALS
CHILE SPA.
07/07/2021 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia ciudadana
presentada ante esta Superintendencia, con fecha 20 de agosto de 2019, en contra del proyecto
"Campaña de Exploración de Minerales no Metálico en el Salar de Atacama", cuyo titular es la
empresa Wealth Minerals Chile SpA., R.U.T. W 76.578.898-6., dado que los hechos denunciados
no cumplen con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA, establecidos en los
artículos 10• de la Ley 19.300 y 3• del Reglamento del SEia, no siendo posible levantar una
hipótesis de elusión al SEIA, por dichos hechos.
Ver enlace
Resolución Exenta 12 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO ID 255-VIII-2021, QUE INDICA 07/02/2022 Página Web Particulares   ARCHÍVESE la denuncia individualizada en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto, quinto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Resolución Exenta 6 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 27/01/2022 Página Web Particulares   ARCHÍVESE la denuncia individualizada en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto, quinto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Resolución Exenta 204 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DE LOS PROYECTOS “TURBERA PREDIO
PANGAL BAJO” Y “LOTEO SECTOR PANGAL PUERTO
AYSÉN”
27/02/2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada
ante esta Superintendencia con fecha 07 de abril del año 2021, en contra de los proyectos “Turbera
Predio Pangal Bajo” y “Loteo Sector Pangal Puerto Aysén”, dado que no cumplen con los requisitos
de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300,
desarrolladas por el artículo 3° del Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de
elusión por los hechos denunciados.
Ver enlace
Resolución Exenta 282 DA TÉRMINO AL PROCEDIMIENTO DE
REQUERIMIENTO DE INGRESO AL SISTEMA DE
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ROL REQ-
030-2021; Y ARCHIVA DENUNCIAS CIUDADANAS
PRESENTADAS EN CONTRA DEL PROYECTO PLANTEL
PORCINO SANTA ANITA, DE AGRÍCOLA AGUAS
CLARAS S.A.
28/02/2022 Página Web Particulares   DAR TÉRMINO al procedimiento
de requerimiento de ingreso rol REQ-030-2021 y ARCHIVAR las denuncias ciudadanas presentadas
en contra del proyecto “Plantel Porcino Santa Anita”, de titularidad de Agrícola Aguas Claras S.A.,
dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados a su respecto configuran
actualmente una hipótesis de elusión al SEIA.
Ver enlace
Resolución Exenta 294 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DE LOS PROYECTOS DE MACROLOTEOS “BRISAS DE LAGO VERDE”, “MIRADOR DE PUMAS”, “RÍOS DE COYHAIQUE”, “FIORDOS DE PUYUHUAPI II”, “MAR DE MELINKA” Y “FIORDOS DE SAN RAFAEL”. 01/03/2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 07 de abril del año 2021, en contra de los proyectos de macroloteo “Brisas de Lago Verde”, “Mirador de Pumas”, “Ríos de Coyhaique”, “Fiordos de Puyuhuapi II”, “Mar de Melinka” y “Fiordos de San Rafael”, dado que ninguno de ellos cumple con los requisitos de alguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el 3° del Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por los hechos denunciados. Ver enlace
Resolución Exenta 2.474 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DE CENTRO DE MANEJO INTEGRAL DE
RESIDUOS METROPOLITANO SPA, RESPECTO A
PLANTA DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS FUNDO LO
CAMPINO.
17/11/2021 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante
esta Superintendencia con fecha 29 de enero de 2016, en contra de la Planta de Extracción de Áridos
Fundo Lo Campino, por las actividades ejecutadas dentro de los límites del predio ubicado al costado sur
oriente del lote resultante de la fusión del Lote Uno con el Lote Dos, ambos de la división del lote diez
de la hijuela tres y cuatro del Fundo Lo Campino, singularizado por el polígono A-B-C-D-A del plano de
fusión respectivo, comuna de Quilicura, ubicado en Avda. Américo Vespucio N"1.691, de la señalada
comuna, dado que los hechos denunciados no cumplen con los requisitos de ninguna de las tipologías
de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N"19.300, desarrolladas por el 3• del
Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de efusión por dichos hechos.
Ver enlace
Resolución Exenta 5 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 17/02/2022 Página Web Particulares   ARCHÍVESE la denuncia individualizada en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto, quinto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Resolución Exenta 455 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DE ALBEMARLE LIMITADA, RESPECTO A MODIFICACIONES A SU PROYECTO PLANTA CLORURO DE LITIO, ESPECÍFICAMENTE, A LA PLANTA SALAR. 28/03/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia con fecha 13 de febrero y 12 de marzo de 2020, en contra de Albemarle Limitada, por la modificación de su proyecto “Planta Cloruro de Litio”, específicamente, de la “Planta Salar”, localizada al interior del área de la concesión minera que el titular tiene en el sector Salar de Atacama, 27 kilómetros al Norte de la localidad de San Roque de Peine, comuna de San Pedro de Atacama, provincia El Loa, región de Antofagasta, dado que éstas no constituyen cambios de consideración a la luz de lo dispuesto por el literal g) del artículo 2° del RSEIA. Ver enlace
Resolución Exenta 520 DA TÉRMINO A PROCEDIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE INGRESO Y ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DE MUNDO SUR SPA, RESPECTO A SU PROYECTO “FÁBRICA DE PRODUCTOS LÁCTEOS DULCELÉ”. 06/04/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias ID 40-VII-2018, 18-VII-2019, 47-VII-2019 y 53-VII-2019, ingresadas en contra de Mundo Sur SpA, por la ejecución de su proyecto Fábrica de Productos Lácteos Dulcelé. Ver enlace
Resolución Exenta 328 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE POZO
ALMONTE, RESPECTO A PROYECTO BOTADERO
QUEBRADA GRANDE - MAMIÑA.
07/03/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada
ante esta Superintendencia con fecha 11 de junio de 2021, en contra de la Ilustre Municipalidad de
Pozo Almonte, por la ejecución del proyecto "Botadero Quebrada Grande- Mamiña", localizado en
la Ruta A-65, camino a Mamiña, intersección con Quebrada Grande, comuna de Pozo Almonte,
región de Tarapacá, dado que los hechos denunciados no cumplen con los requisitos de ninguna de
las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N"19.300, desarrolladas por
e13• del Reglamento del SE lA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por dichos hechos
Ver enlace
Resolución Exenta 17 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 24/02/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas
en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido
en el artículo 8° de la Ley W 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito
suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos
considerativos cuarto y quinto, no corresponde continuar con su tramitación.
Ver enlace
Resolución Exenta 21 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 22/03/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas
en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido
en el artículo 8° de la Ley W 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito
suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos
considerativos cuarto y quinto, no corresponde continuar con su tramitación.
Ver enlace
Resolución Exenta 22 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 22/03/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas
en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido
en el artículo 8° de la Ley W 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito
suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos
considerativos cuarto y quinto, no corresponde continuar con su tramitación.
Ver enlace
Resolución Exenta 15 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 05/04/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE la denuncia individualizada
en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido
en el artículo 8° de la Ley W 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito
suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos
considerativos cuarto y quinto, no corresponde continuar con su tramitación.
Ver enlace
Res Ex 620 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RÍO BLANCO SPA, Y TIENE PRESENTE CONSIDERACIONES QUE INDICA. 26/04/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 20 de enero de 2022, en contra de Inmobiliaria y Constructora Río Blanco SpA, por el incumplimiento de lo resuelto por esta Superintendencia en la Res. Ex. N°891/2020, es decir, ingresar su proyecto “Navegantes del Tronador” al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ver enlace
Res Ex 609 TIENE POR CUMPLIDO EL PLAN DE RETIRO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS EN SITIOS AUTORIZADOS ORDENADO EN EL MARCO DEL REQUERIMIENTO DE INGRESO AL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ROL REQ 001-2020; DA TÉRMINO A DICHO PROCEDIMIENTO; Y ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DE PRODUCTOS QUÍMICOS ALGINA S.A., POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “PLANTA PROCESADORA DE ALGAS – FUNDO EL PANUL”. 25/04/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas por don Sebastián Sepúlveda Silva y doña Anna Luypaert Blommaert en contra de Productos Químicos Algina S.A., R.U.T. N°80.761.800-8, en su carácter de titular del proyecto “Planta Procesadora de Algas – Fundo El Panul”, dado que no existe un proyecto en actual ejecución que amerite su ingreso al SEIA, y el titular ha dado cumplimiento al Plan de Retiro y Disposición de Residuos en Sitios Autorizados ordenado en el marco del requerimiento de ingreso al SEIA ROL REQ-001-2020. Ver enlace
Res Ex 655 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DEL “PROYECTO LO RECABARREN –
VITACURA”
02/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada
ante esta Superintendencia con fecha 11 de noviembre del año 2021, en contra del proyecto
inmobiliario “Lo Recabarren”, dado que no cumplen con los requisitos de ninguna de las tipologías
de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3°
del Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por los hechos denunciados, así como tampoco una hipótesis de fraccionamiento en los términos del artículo 11
bis. del mismo cuerpo normativo.
Ver enlace
Res Ex 678 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DE FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA PÚBLICA SANTUARIO EL PLOMO, RESPECTO A LA EJECUCIÓN DE SU PROYECTO “SANTUARIO EL PLOMO” 05/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia el año 2021, con fecha 04 y 09 de marzo, y 16 de abril, en contra de Fundación de Beneficencia Pública Santuario El Plomo, por la ejecución de su proyecto “Santuario El Plomo”, localizado en el Santuario de la Naturaleza Yerba Loca, comuna de Lo Barnechea, región Metropolitana, dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 645 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE POR DON ÁLVARO CLAUDIO TORO VEGA, CON FECHA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021 02/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE POR DON ÁLVARO CLAUDIO TORO VEGA, CON FECHA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021 Ver enlace
Res Ex 646 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE POR DON FRANCISCO COLOMER FUSTÉ, CON FECHA 29 DE MARZO DE 2021 02/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada con fecha 29 de marzo de 2021 por don Francisco Colomer Fusté ante la SMA, ya que el proyecto “Planta Solar Fotovoltaica Caracas”, calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N°84, de fecha 25 de junio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la región de Coquimbo, cuya titularidad corresponde a Generadora Sol Soliv SpA, dio inicio a su ejecución en los términos de los artículos 25 ter de la Ley N°19.300 y 73 del RSEIA, según se analizó en la Resolución Exenta N°1582, de fecha 13 de noviembre de 2019, de la SMA, y ha continuado desarrollándose conforme a su RCA. Ver enlace
Res Ex 2610 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 15/12/2021 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 712 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DEL PROYECTO "CONDOMINIO ALBORADA" DEL TITULAR INMOBILIARIA ALBORADA II SPA E INSTRUYE LO QUE INDICA 11/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia entre el 11 de septiembre y el 17 de noviembre del año 2021, en contra del proyecto “Condominio Alborada”, del titular Alborada II SpA (...) dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 790 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO “LOTEO TUBUL – PUNTA DE ÁGUILA” DEL TITULAR AGRÍCOLA Y FORESTAL TUBUL SPA 25/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 11 de noviembre del año 2021, en contra del proyecto denominado “Loteo Tubul – Punta de Águila”, del titular Agrícola y Forestal Tubul SpA, ubicado la comuna de Arauco, región del Biobío, dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 819 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DEL PROYECTO INMOBILIARIO CIUDAD DEL PARQUE DEL TITULAR PARQUE ALEMÁN S.A. 30/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia con fecha 01 de octubre de 2019, en contra del proyecto “Ciudad del Parque” (...) dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 820 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DEL PROYECTO "OBRAS PARA CONTROL ALUVIONAL Y DE CRECIDAS LÍQUIDAS, QUEBRADA DE RAMÓN, REGIÓN METROPOLITANA" DEL TITULAR MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS 30/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia con fecha 18 de agosto de 2021, en contra del proyecto “Ciudad del Parque” (...) dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 821 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DEL PROYECTO "SISTEMA DE TRANSMISIÓN ZONAL GRUPO 3 S/E ITAHUE - S/E HUALQUI" Y "NUEVA SUBESTACIÓN SECCIONADORA HUALQUI 220/66 KV" DEL TITULAR MATAQUITO TRANSMISORA ENERGÍA S.A. 30/05/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia entre el 24 de mayo y el 25 de junio del año 2021, en contra de MATAQUITO TRANSMISORA ENERGÍA S.A. (...) dado que no concurren los REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO 11 bis . Ver enlace
Res Ex 852 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO INMOBILIARIO “LOS PINOS DE SAN PEDRO”, DEL TITULAR INMOBILIARIA SAN PEDRO SPA 06/06/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada por el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Biobío ante esta Superintendencia con fecha 29 de agosto de 2016, en contra del titular del proyecto “Los Pinos de San Pedro”, localizado en la comuna de Concepción, provincia de Concepción, región del Biobío. Ver enlace
Res Ex 2724 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 30/12/2021 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 64 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 22/06/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 58 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 09/06/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 48 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 13/05/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 67 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 24/06/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 996 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO CAMPOS EMPRESA GANADERA PARCELA 7 LAGUNA VERDE, DEL TITULAR JORGE ANTONIO KUSANOVIC MIMICA 29/06/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia ingresada ante esta Superintendencia por don Felipe Guillermo Reposi Malfanti, en  contra del titular del proyecto "Campos Empresa Ganadera Parcela 7 Laguna Verde", dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados configuren una hipótesis de elusión al SEIA. Ver enlace
Res Ex 997 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DEL PROYECTO “CONDUCCIÓN ROMERAL ESVAL”, DEL TITULAR ESVAL S.A. 29/06/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia entre el 16 de febrero y el 02 de agosto de 2021, en contra del titular del proyecto "Conducción Romeral Esval" (...), dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados configuren una hipótesis de elusión al SEIA. Ver enlace
Res Ex 23 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 06/07/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 80 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 07/07/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 957 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO PLANTA PONEDORA LO HERRERA, DEL TITULAR AGRÍCOLA CHOROMBO 22/06/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia ingresada ante esta Superintendencia por el SAG en contra del titular del proyecto "Planta Ponedora Lo Herrera", dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados configuren una hipótesis de elusión al SEIA. Ver enlace
Res Ex 897 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO “CENTRO COMERCIAL LOS PABLOS II”, DE INMOBILIARIA E INVERSIONES ABEMAG LIMITADA 13/06/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia ingresada ante esta Superintendencia por don Jon Carlos Henry Milanca Gohde, con fecha 24 de septiembre de 2020, en contra de Inmobiliaria e Inversiones ABOMAG Limitada, por la ejecución del proyecto “CENTRO COMERCIAL LOS PABLOS II”, ya que no se configura la infracción de elusión de ingreso al SEIA del proyecto, ni ningún otro incumplimiento que corresponda conocer a la SMA. Ver enlace
Res Ex 20 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 29/04/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 25 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 28/06/2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y quinto, por lo que no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 1090 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA CONSTRUCCIÓN OBRAS INMOBILIARIA LOS SILOS III S.A. QUILICURA, DE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILICURA 07/07/2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 27 de julio de 2021, en contra de los hechos derivados de Construcción Obras Inmobiliaria Los Silos III, de Ilustre Municipalidad de Quilicura, ubicado en la comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, región Metropolitana. Lo anterior, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Resolución Exenta 241 ARCHIVA DENUNCIA ID 8-I-2017 PRESENTADA POR ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO EN CONTRA DE TRANSPORTES TAMARUGAL LIMITADA 18-02-22 Publicación en página web institucional Particulares   I. ARCHIVAR, la denuncia presentada por la Ilustre Municipalidad de Alto Hospicio, ingresada en la oficina de la Superintendencia del Medio Ambiente con fecha 06 de febrero de 2017, en virtud de lo establecido en el artículo 47 inciso 4° de la LO-SMA. Lo anterior, sin perjuicio que, en razón de nuevos antecedentes, este Servicio pueda analizar nuevamente el mérito de iniciar una eventual investigación conducente al inicio de un procedimiento sancionatorio en contra de la denunciada. II. TENER PRESENTE que el acceso al expediente físico de denuncia se realiza por medio de su consulta en las oficinas de esta Superintendencia en el horario de atención de público y que, adicionalmente, aquél se encontrará
disponible, solamente para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente https://transparencia.sma.gob.cl/denunciasciudadana_historico.html III. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE
ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad con lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LO-SMA, en contra de la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución; sin perjuicio de los recursos administrativos establecidos en el Capítulo IV de la Ley 19.880 que resulten procedentes. IV. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la ley N° 19.880, al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Alto Hospicio el Sr. Patricio Ferreira Rivera, domiciliado para estos efectos en calle Los Álamos Nº 3101, comuna de Alto Hospicio, región de Tarapacá. 
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Resolución Exenta 541 ARCHIVA DENUNCIA 14-II-2017 PRESENTADA EN CONTRA DE MANTOS COPPER S.A.  11-04-22 Publicación en página web institucional Particulares   I. ARCHIVAR, en virtud del inciso inciso 4° del artículo 47 de la LOSMA, la denuncia interpuesta por la Dirección General de Aguas de la Región de Antofagasta, presentada con fecha 20 de marzo de 2017. Lo anterior, sin perjuicio de que ante nuevas denuncias y/o antecedentes, este servicio pueda analizar el mérito de iniciar una eventual investigación conducente a la sustanciación de un procedimiento sancionatorio. II. TENER PRESENTE que el acceso al expediente físico de las denuncias se realiza por medio de su consulta en las oficinas de esta Superintendencia en el horario de atención de público y que, adicionalmente, aquél se encuentra disponible, solamente para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente https://transparencia.sma.gob.cl/denunciasciudadana_historico.html. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad con lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LO-SMA, en contra de la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución; sin perjuicio de los recursos administrativos establecidos en el Capítulo IV de la Ley 19.880 que resulten procedentes. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la ley N° 19.880, a la Dirección General de Aguas, domiciliada en 21 de Mayo N° 470, comuna y Región de Antofagasta.  Ver enlace
Resolución Exenta 613 ARCHIVA DENUNCIA 647-XIII-2021 PRESENTADA EN CONTRA DE EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A.  25-04-22 Publicación en página web institucional Particulares   ARCHIVAR la denuncia 647-XIII-2021, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso final, de la LO-SMA. Lo anterior, sin perjuicio de que, debido a nuevas denuncias y/o antecedentes, este servicio pueda analizar el mérito de iniciar una eventual investigación conducente a la sustanciación de un procedimiento sancionatorio. TENER PRESENTE que el acceso al expediente físico de las denuncias se realiza por medio de su consulta en las oficinas de esta Superintendencia en el horario de atención de público y que, adicionalmente, aquél se encontrará disponible, solamente para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente https://transparencia.sma.gob.cl/denunciasciudadana_historico.html. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad con lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LO-SMA, en contra de la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución; sin perjuicio de los recursos administrativos establecidos en el Capítulo IV de la Ley 19.880 que resulten procedentes. NOTIFICAR POR CORREO ELECTRÓNICO, a Ximena Morgan Herrera, en la casilla que se indica en la sección final de esta resolución.  Ver enlace
Resolución Exenta 805 ARCHIVA DENUNCIAS DE JUAN PABLO GÁLVEZ LILLO, VERÓNICA PAOLA DÍAZ GONZÁLEZ, CAMILA FERNANDA OLIVARES MIRANDA, PABLO AARON RUZ LEIVA, GERARDO ROJAS ESCUDERO, CARLOS RAÚL FLORES MORALES Y SOLICITA RECOMENDACIONES PARA MINERA LOS PELAMBRES  27-05-22 Publicación en página web institucional Particulares   I. ARCHIVAR las denuncias ingresadas por Juan Pablo Gálvez Lillo por la Gobernación de la Provincia de Choapa, Verónica Paola Díaz González, Camila
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la Ley Nº 19.799. Fernanda Olivares Miranda, Pablo Aaron Ruz Leiva, Gerardo Rojas Escudero por la I. Municipalidad de Salamanca y Carlos Raúl Flores Morales, individualizadas en los considerandos 3 al 9 del presente acto, en virtud de lo establecido en el artículo 47 inciso 4° de la LO-SMA. SOLICITAR AL SUPERINTENDENTE la entrega a Minera Los Pelambres de las siguientes recomendaciones técnica:  1. En atención que la principal fuente de emisión de material particulado en el área mina/área planta, es el transporte por la re-suspensión de material particulado (47%), se recomienda evaluar la eficiencia de la medida, considerando la forma, modo y temporalidad de aplicación de la humectación de caminos/rampas, tomando en cuenta las observaciones de las rondas de los patrulleros de la comunidad. El objetivo de esta medida es contar con metodologías y resultados fidedignos respecto a los porcentajes de eficiencia presentados en el inventario de emisiones de la evaluación ambiental y verificar así su cumplimiento. El medio de verificación es el reporte sobre la evaluación de la medida con los requisitos indicados. 2. Ante situaciones de condiciones meteorológicas desfavorables y en caso de no poder disponer de la ejecución de las medidas de mitigación de polvo en actividades de transporte y extracción, el regulado debe tomar decisiones operacionales acordes a la situación. El medio de verificación consiste en el registro de decisiones operacionales ante fallas en medidas de mitigación de polvo. 3. No obstante los procesos de las plantas de chacado no representan las fuentes más importantes en términos de emisión de material particulado, en atención a las observaciones de los patrulleros comunitarios y a los compromisos en fase de desarrollo del acuerdo Cuncumén-Batuco, se sugiere en la medida de lo posible, agilizar la ejecución del compromiso de la medida de mitigación en los chancadores. El medio de verificación corresponde a reportes sobre estado de avance de implementación de medidas de mitigación en los chancadores. 4. Comunicar a la comunidad los resultados del estudio con láser móvil respecto a la percepción de polvo. El medio verificador corresponde a los registros de reuniones, eventos y demás instancias de entrega de resultados. 5. Establecer medidas operacionales en caso de registrarse eventos de altas concentraciones horarias de MP10 en el sector mina, a objeto de no afectar la seguridad de las operaciones mineras y la de sus trabajadores. El medio de verificación consiste en reporte sobre medidas a aplicar ante eventos de altas concentraciones en sector mina. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LO-SMA, en contra la presente Resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince hábiles, contados desde la notificación de la resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N° 19.880 que resulten procedentes. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la Ley N° 19.880, a Juan Pablo Gálvez Lillo, Gobernador de la Provincia de Choapa, al correo electrónico jgalvezl@interior.gob.cl; a Verónica Paola Díaz González, al correo electrónico veroderac@gmail.com; a Camila Fernanda Olivares Miranda, al correo electrónico cfolivares1@gmail.com; a Pablo Aaron Ruz Leiva, al correo electrónico pablo.ruz2212@gmail.com; a Gerardo Rojas Escudero, Alcalde de la Comuna de Salamanca, al correo electrónico ddelgado@salamanca.cl; y, a Carlos Raúl Flores Morales, al correo electrónico carlosfloresmorales@gmail.com. 
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Res Ex 896 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DEL PROYECTO “LOTEO VIDA NUEVA
LARAQUETE”, DEL TITULAR COMITÉ DE ALLEGADOS
“VILLA NUEVA”
13-06-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia ciudadana presentada ante esta Superintendencia con fecha 10 de octubre de 2021, en contra del titular del proyecto “Loteo Vida Nueva Laraquete”, localizado en la comuna de Arauco, provincia de Concepción, región del Biobío Ver enlace
Resolución Exenta 1.000 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS POR VÍCTOR ACEVEDO ROJAS Y EL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO 29-06-2022 Publicación en página web institucional Particulares   I. ARCHIVAR las denuncias ingresadas por Víctor Acevedo Rojas, ingresada a esta Superintendencia con fecha 04 de mayo de 2017, y los antecedentes remitidos por parte de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Maule, con fecha 11 de octubre de 2017, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso cuarto, de la LOSMA. Lo anterior, sin perjuicio que, en razón de nuevos antecedentes, esta institución pueda analizar nuevamente el mérito de iniciar una eventual investigación conducente al inicio de un procedimiento en contra del denunciado. II. HACER PRESENTE que, el expediente físico de las denuncias y sus antecedentes se encuentran disponibles en las oficinas de la Superintendencia del Medio Ambiente, ubicadas en calle 1 Norte N°801, piso 11, comuna de Talca, Región del Maule. En cuanto a los expedientes de fiscalización, estos se encuentran disponibles, para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente: https://snifa.sma.gob.cl/Fiscalización. III. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LOSMA, en contra de la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado de la notificación de esta resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N°19.880 que resulten procedentes. IV NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la Ley 19.880, al señor Víctor Acevedo Rojas, domiciliado en camino Maitenhuapi S/N, comuna de San Rafael, Región del Maule. Asimismo notificar al Sr. Luis Pinochet Romero, en su calidad de Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Maule, domiciliado para estos efectos en 1 Oriente N°1120, piso 4, Comuna de Talca, Región del Maule. Ver enlace
Res Ex 1090 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA CONSTRUCCIÓN OBRAS INMOBILIARIA LOS SILOS III S.A. QUILICURA, DE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILICURA 07-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 27 de julio de 2021, en contra de los hechos derivados de Construcción Obras Inmobiliaria Los Silos III, de Ilustre Municipalidad de Quilicura, ubicado en la comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, región Metropolitana. Lo anterior, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 997 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAs EN CONTRA DEL PROYECTO "CONDUCCIÓN ROMERAL ESVAL", DEL TITULAR ESVAL S.A. 29-06-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR las denuncias presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 996 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO CAMPOS EMPRESA GANADERA PARCELA 7 LAGUNA VERDE, DEL TITULAR JORGE ANTONIO KUSANOVIC MIMICA 29-06-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1042 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO CGE TENDIDO RUTA M-50 CHANCO - CAUQUENES, DEL TITULAR COMPAÑÍA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A 04-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1078 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO CENTRO DE CULTIVO PULLINQUE, DEL TITULAR PISCICOLA ENTRE RÍOS LTDA 06-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1090 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA CONSTRUCCIÓN OBRAS INMOBILIARIA LOS SILOS III S.A. QUILICURA, DE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILICURA 07-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1148 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO “CENDYR-QUILLÓN” DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN 14-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1149 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO PLANTA DE ÁRIDOS FÉLIX MOLINA, DEL TITULAR FÉLIX MOLINA BURGOS 14-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1154 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE OBRAS HIDRÁULICAS EN RÍO CLARO, POR PATRICIA ANDREA SALGADO ÁGUILA 14-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1153 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO INMOBILIARIO EDIFICIO LAZO N° 1350, POR ISMAEL SELUMIEL MENA ABRIGO 14-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1191 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO EXPLOTACIÓN ANDIVAL SECTOR SAGASCA 22-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1201 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE ACTIVIDAD DE EXTRACCIÓN DE AGUA EN PUEBLO NOASA, POR ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE POZO ALMONTE 21-07-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 83 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 03-08-2022 Página Web Particulares ARCHÍVESE la denuncia individualizada en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 86 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 24-08-2022 Página Web particulares   ARCHÍVESE la denuncia individualizada en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de una denuncia revestida de seriedad y mérito suficiente para ser admitida a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 1.263 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO INMOBILIARIO LOMAS DE PASO HONDO, POR PAULINA COLLAO GUZMÁN 02-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.305 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO “RIBERAS RENAICO-NEGRETE” DE INVERSIONES E INMOBILIARIA SAN PEDRO SpA 08-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 08 de enero de 2022, en contra del proyecto denominado “Riberas Renaico Negrete”, de Inversiones e Inmobiliaria San Pedro SpA, ubicado la comuna de Negrete, región del Biobío, dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.307 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DE PROYECTO “CONDOMINIO GOLF SANTA
SARA”, ID 107-XIII-2020
09-08-2022 Página Web Particulares   ARCHÍVESE la denuncia ID 107-XIII-
2020, en lo que respecta al proyecto “Condominio Golf Santa Sara”, dado que no cumple con los
requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley
N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una
hipótesis de elusión por los hechos denunciados, ni tampoco una infracción a instrumentos de
carácter ambiental.
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Res Ex 1.308 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL “PROYECTO INMOBILIARIO SAN NICOLÁS” DE INMOBILIARIA LOS SILOS III S.A 09-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR las denuncias presentadas ante esta Superintendencia con fecha 28 de diciembre de 2021 y 24 de marzo de 2022, en contra del proyecto denominado “Proyecto Inmobiliario San Nicolás 627- San Miguel”, de Inmobiliaria Los Silos III S.A, ubicado en la comuna de San Miguel, región Metropolitana, dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.314 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA POR SOCIEDAD VITIVINÍCOLA MIGUEL TORRES S.A. 09-08-2022 Página Web Particulares   I. ARCHIVAR LA DENUNCIA INGRESADA POR SOCIEDAD VINÍCOLA MIGUEL TORRES S.A., con fecha 20 de marzo de 2020, ID 25-VII-2020, incluyendo las presentaciones posteriores, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso cuarto, de la LOSMA. II. TENER PRESENTE que el expediente físico de las denuncias y sus antecedentes se encuentran disponibles en las oficinas de la Superintendencia del Medio Ambiente, ubicadas en calle 1 Norte N° 801, piso 11, comuna de Talca, Región del Maule. En cuanto a los expedientes de fiscalización, estos se encuentran disponibles, para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente: https://snifa.sma.gob.cl/Fiscalizacion. III. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LOSMA, en contra la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N° 19.880 que resulten procedentes. IV. ACOGER LA SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO EFECTUADA POR VINÍCOLA MIGUEL TORRES S.A. Al respecto, se hace presente que las resoluciones se entenderán notificadas el mismo día en que se realice el aviso a través de ese medio, efectuándose la contabilización del plazo según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.880.V. NOTIFICAR POR CORREO ELECTRÓNICO, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la ley N° 19.880, a Jaime Valderrama Larenas, en su calidad de representante legal de Sociedad Vinícola Miguel Torres S.A. Ver enlace
Res Ex 1.315 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA POR JORGE HERNÁNDEZ SEPÚLVEDA 09-08-2022 Página Web Particulares   I. ARCHIVAR la denuncia ingresada por Jorge Hernández Sepúlveda, con fecha 3 de octubre de 2018, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso cuarto, de la LOSMA. Lo anterior, sin perjuicio que, en razón de nuevos antecedentes, esta institución pueda nalizar nuevamente el mérito de iniciar una eventual investigación conducente al inicio de un procedimiento en contra del denunciado. II. HACER PRESENTE que, el expediente físico de las denuncias y sus antecedentes se encuentran disponibles en las oficinas de la Superintendencia del Medio Ambiente. En cuanto a los expedientes de fiscalización, estos se encuentran disponibles, para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente: https://snifa.sma.gob.cl/Fiscalizacion. III. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LOSMA, en contra la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N° 19.880 que resulten procedentes. IV. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la Ley N° 19.880, a Jorge Hernández Sepúlveda, domiciliado en calle 40 ½ Oriente N° 527, sector Huertos de San Miguel, comuna de Talca, Región del Maule. Ver enlace
Res Ex 1.325 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DEL PROYECTO “EDIFICIO VICENTE VALDÉS
88”, DEL TITULAR INMOBILIARIA PILARES S.A.
10-08-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 14 de febrero de 2022, en contra de Inmobiliaria Pilares S.A., por la ejecución de su proyecto “Edificio Vicente Valdés 88”, localizado en la comuna de La Florida, región Metropolitana de Santiago, dado que los hechos denunciados no se relacionan con una actual hipótesis de elusión al SEIA, por cuanto el proyecto se encuentra detenido y en calificación de su DIA, todo en concordancia con la aplicación de la tipología establecida en el literal h.1.3) del artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.353 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO EDIFICIO ROBINSON CRUSOE, DEL TITULAR INMOBILIARIA PY S.A. 16-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia por doña María Angélica Ortiz-Arrieta León con fecha 09 de septiembre de 2021, en contra de la Inmobiliaria PY S.A., por la ejecución del proyecto “Edificio Robinson Crusoe”, debido a que no se configura la infracción de elusión de ingreso al SEIA del proyecto, ni ningún otro incumplimiento que corresponda conocer a la SMA. Ver enlace
Res Ex 1.354 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO VERTEDERO DE ESCOMBROS MUNICIPAL – ALTO HOSPICIO, DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO 16-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia ingresada ante esta Superintendencia por la SEREMI del Medio Ambiente de Tarapacá, en contra del titular del proyecto “Vertedero de Escombros Municipal – Alto Hospicio”, dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados configuran actualmente una hipótesis de elusión al SEIA. Ver enlace
Res Ex 1.360 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO "REFUGIO CANINO LA INVERNADA LINARES" DE R Y P LIMITADA 16-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.357 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE
FULL WHEELS, LO BARNECHEA
16-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia 274-XIII-2021,
presentada ante esta Superintendencia con fecha 7 de febrero del año 2021, en contra el proyecto
Full Wheels, dado que no cumple con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA
establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del Reglamento del
SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por los hechos denunciados.
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Res Ex 1.363 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO “EXTRACCIÓN CANTERA PAPAGALLO-TALAGANTE”, DEL TITULAR IZARRA INGENIEROS SPA 16-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia, con fecha 26 de agosto del 2021, en contra de Izarra Ingenieros SpA, por la ejecución de su proyecto “Extracción Cantera Papagallo”, ubicado en la comuna de Talagante, específicamente en una de las quebradas del cerro Lonquén, dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.365 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE PROYECTO PLANTA FOTOVOLTAICA CHICUREO SOLAR, POR ALDO ANDRÉS CARDINALI TRINCADO 16-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 07 de noviembre de 2020, en contra de proyecto “Planta Fotovoltaica Chicureo Solar”, de Ciudad Luz Chicureo Solar SpA, por don Aldo Andrés Cardinali Trincado, ubicado en avenida José Rabat, sector de Chicureo, comuna de Colina, región Metropolitana. Dado que los hechos denunciados han sido objeto de RCA favorable por parte del Servicio de Evaluación Ambiental. Ver enlace
Res Ex 1.378 ARCHIVA DENUNCIAS QUE INDICA, ID 458-XIII-2020, 17-XIII-2021, 18-XIII-2021, 24-XIII-2021, 27-XIII-2021, 28-XIII-2021, 30-XIII-2021, 40-XIII-2021, 56-XIII-2021, 69-XIII-2021 Y 298-XIII-2021 17-08-2022 Página Web Particulares   I. ARCHIVAR la denuncia del Sr. Víctor Manuel Escudero Toro, ingresada a esta Superintendencia del Medio Ambiente con fecha 28 de diciembre de 2020; la denuncia del Sr. Juan Pablo Salinas Undurraga, ingresada a esta Superintendencia con fecha 4 de enero de 2021; la denuncia de la Sra./Srta. María Trinidad Barros Alliende, ingresada a esta Superintendencia con fecha 4 de enero de 2021; la denuncia de la Sra./Srta. Keryma Andrea Felmer Echeverría, ingresada a esta Superintendencia con fecha 4 de enero de 2021; la denuncia de la Sra./Srta. María Soledad Arechavala Veloso, ingresada a esta Superintendencia con fecha 4 de enero de 2021; la denuncia de la Sra./Srta. María Cristina Barriga Gala, ingresada a esta Superintendencia con fecha 4 de enero de 2021; la denuncia de la Sra./Srta. Paula Lucía Salgado Sallato, ingresada a esta Superintendencia con fecha 5 de enero de 2021; la denuncia de la Sra./Srta. María Eugenia Sánchez Iappert, ingresada a esta Superintendencia con fecha 5 de enero de 2021; la denuncia del Sr. Juan Pablo Salinas Undurraga, ingresada a esta Superintendencia con fecha 7 de enero de 2021; la denuncia del Sr. Juan Pablo Saffie Awad, ingresada a esta Superintendencia con fecha 8 de enero de 2021; y la denuncia del Sr. Emiliano Eberl López, ingresada a esta Superintendencia a través de un Oficio de la Municipalidad de Las Condes, con fecha 10 de febrero de 2021; todo en virtud de lo establecido en el art. 47 inciso cuarto de la LO-SMA. Lo anterior, sin perjuicio de que, en razón de nuevas denuncias y/o antecedentes, este servicio pueda analizar al efecto el mérito de iniciar una eventual investigación conducente a la sustanciación de un procedimiento sancionatorio. II. CONCEDER FORMA ESPECIAL DE NOTIFICACIÓN , Y NOTIFICAR LA PRESENTE RESOLUCIÓN a las casillas electrónicas jpsalinas.undurraga@hotmail.com, trinibarros@gmail.com, kerypochi@gmail.com, soledad.arechavala@gmail.com, mcristibg@gmail.com, polisalgado@gmail.com, eugenia.sanchez62@gmail.com y juanpsaffie@gmail.com, al haber sido las denuncias identificadas con los ID 17-XIII-2021, 18-XIII-2021, 24-XIII-2021, 27-XIII-2021, 28-XIII-2021, 30-XIII-2021, 40-XIII2021, 56-XIII-2021 y 69-XIII-2021 ingresadas todas de manera digital III. TENER PRESENTE que el acceso al expediente físico de denuncia se realiza por medio de su consulta en las oficinas de esta Superintendencia en el horario de atención de público y que, adicionalmente, aquél se encuentra disponible, solamente para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente https://transparencia.sma.gob.cl/denunciasciudadana_historico.html. IV. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad con lo establecido en el párrafo 4° del título III de la LO-SMA, en contra de la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución; sin perjuicio de los recursos administrativos establecidos en el capítulo IV de la ley Nº 19.880 que resulten procedentes. Ver enlace
Res Ex 1.384 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE
LOTEO PASO SUR GUAITECAS, COMUNA DE
GUAITECAS
18-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia 53-XI-2022,
presentada ante esta Superintendencia con fecha 10 de mayo del año 2022, en contra el proyecto
de loteo Paso Sur Guaitecas, dado que no cumple con los requisitos de ninguna de las tipologías de
ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del
Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por los hechos
denunciados.
Ver enlace
Res Ex 1.383 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE
LOTEO MALLÍN GRANDE, CHILE CHICO
18-08-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia 54-XI-2022,
presentada ante esta Superintendencia con fecha 10 de mayo del año 2022, en contra el proyecto
de loteo Mallín Grande, dado que no cumple con los requisitos de ninguna de las tipologías de
ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del
Reglamento del SEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por los hechos
denunciados.
Ver enlace
Res Ex 1.423 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE
PROYECTO VISTA COSTANERA, POR JESÚS CHRISTIAN TORREJÓN SEGOVIA
23-08-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.453 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL
PROYECTO "HACIENDA LILÉN BULNES", DEL TITULAR NATIVO INMOBILIARIA SPA, Y DERIVA ANTECEDENTES PARA SU GESTIÓN POR PARTE DE LOS ORGANISMOS COMPETENTES
26-08-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.393 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE
SISTEMA DE TRANSMISIÓN DEL SUR S.A., RESPECTO A
MODIFICACIONES A SU PROYECTO “SUBESTACIÓN
FRUTILLAR”
18-08-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia ciudadana presentada en contra de las modificaciones del proyecto “Subestación Frutillar”, de titularidad de Sistema de Transmisión del Sur S.A., a ejecutar en la comuna de Frutillar, región de Los Lagos, dado que dichas modificaciones no constituyen cambios de consideración a la luz de lo dispuesto por el literal g) del artículo 2° del RSEIA Ver enlace
Res Ex 1.392 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN
CONTRA DEL PROYECTO “SUBDIVISIÓN LAGO
CENTRAL RÍO IBÁÑEZ”, DE TITULARIRDAD DE
INVERSIONES E INMOBILIARIA TERRA AUSTRAL SPA, E
INVERSIONES E INMOBILIARIA NUEVAS CUMBRES
SPA
18-08-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 01 de abril de 2022, en contra de Inversiones Terra Austral SpA e Inversiones e Inmobiliaria Nuevas Cumbres SpA, por la ejecución de su proyecto “Subdivisión Lago Central Río Ibáñez”, que se ejecuta en la comuna Río Ibáñez, región de Aysén, dado que el proyecto no cumple con los requisitos de alguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA, no siendo posible levantar una hipótesis de elusión por los hechos denunciados. Ver enlace
Res Ex 1.468 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL PROYECTO CENTRO RECREATIVO Y MUSEO DE PULLMAN BUS, DEL TITULAR INMOBILIARIA NOVA SPS, Y RECOMIENDA LO QUE INDICA 29-08-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentadas contra el proyecyo indicado, en atención a que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.564 ARCHIVA DENUCIA QUE INDICA EN CONTRA DE SAN CLEMENTE FOODS S.A., PRESENTADA ANTE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE 12-09-2022 Página Web Particulares I. ARCHIVAR la denuncia ingresada, con fecha 1 de marzo de 2013, por la Asociación de Canalistas del Canal Colín en contra de San Clemente Foods S.A., en virtud de lo establecido en el artículo 47 inciso 4° de la LO-SMA. II. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LO-SMA, en contra la presente Resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince hábiles, contados desde la notificación de la resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N° 19.880 que resulten procedentes. III. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la Ley N° 19.880, a la Asociación de Canalistas del Canal Colín, domiciliada en Villa Los Aromos S/N, comuna de San Clemente, región del Maule. Ver enlace
Res Ex 1.596 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE SOCIEDAD MIRADORES DE LA DEHESA SPA, RESPECTO AL “PROYECTO DE LAS 54 CASAS” 15-09-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 11 de marzo de 2021, en contra de Miradores de La Dehesa SpA por la ejecución del “Proyecto de Las 54 Casas”, localizado en el predio denominado Lote 2A (derivado de la fusión de los Lotes N°2 y N°3), en Camino Nueva La Dehesa N°12.090, comuna de Lo Barnechea, región Metropolitana, dado que los hechos denunciados no cumplen con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300 -y desarrolladas por el 3° del Reglamento del SEIA- no siendo posible levantar una hipótesis de elusión. Ver enlace
Res Ex 1.709 ARCHIVA DENUNCIA CIUDADANA PRESENTADA EN CONTRA DE AGUAS DEL VALLE S.A., RESPECTO A PROYECTO SISTEMA DE CONDUCCIÓN DE AGUA SALAMANCA – ILLAPEL 03-10-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 20 de abril de 2021, en contra de Aguas Del Valle S.A., por la ejecución del proyecto “Sistema de conducción de agua Salamanca – Illapel”, localizado en las comunas de Salamanca – Illapel, región de Coquimbo, dado que dicha actividad no constituye un cambio de consideración respecto al proyecto “Sistema de Producción de Agua Potable de Illapel y Salamanca” a la luz de lo dispuesto por el literal g) del artículo 2° del RSEIA; ni tampoco representa, en conjunto al proyecto original, una hipótesis de fraccionamiento en conformidad a los requisitos que se desprenden del artículo 14 del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1.865 ARCHIVA AUTODENUNCIA (44-VII-2018) PRESENTADA POR EXPORTADORA ANAKENA LTDA., POR PROYECTO “PLANTA PROCESADORA DE NUECES, RETIRO” 24-10-2022 Página Web Particulares I. ARCHIVAR la autodenuncia 44-VII-2018, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso final, de la LO-SMA, y en los artículos 3° y siguientes de la Ley N° 18.575. Lo anterior, sin perjuicio de que, debido a nuevas fiscalizaciones, denuncias o antecedentes, este servicio pueda analizar el mérito de iniciar una eventual investigación conducente a la sustanciación de un procedimiento sancionatorio. II. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA O POR OTRO DE LOS MEDIOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 46 DE LA LEY N° 19.880, a Exportadora Anakena Ltda., domiciliada en Camino Vecinal Piguchén – Lote C, comuna de Retiro, región del Maule. Ver enlace
Res Ex 126 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 24-10-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 135 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 25-10-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 1918 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA EN CONTRA DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN POR LOS PROYECTOS “LOTEO FUNDO LA CANTERA Y EL GUINDO” Y “PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL BIOBÍO” 02-11-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia presentada ante esta Superintendencia con fecha 14 de junio de 2019, en contra de la Universidad de Concepción, dado que los hechos denunciados no cumplen actualmente con los requisitos de ninguna de las tipologías de ingreso al SEIA establecidas en el artículo 10 de la Ley N°19.300, desarrolladas por el artículo 3° del RSEIA. Ver enlace
Res Ex 1955 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA POR POSIBLE AFECTACIÓN AL HUMEDAL URBANO Y SANTUARIO DE LA NATURALEZA DESEMBOCADURA RÍO LLUTA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHIVAR la denuncia ingresada ante esta Superintendencia por la SEREMI del Medio Ambiente de la región de Arica y Parinacota, dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados configuran una hipótesis de elusión al SEIA. Ver enlace
Res Ex 26 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 30-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 27 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 01-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 28 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 05-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 146 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 05-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 148 ARCHIVA DENUNCIAS DE RUIDO QUE INDICA 06-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 142 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 06-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 6 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 27-01-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 45 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 29-08-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 46 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 31-08-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 52 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 14-09-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 67 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 20-10-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 68 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 20-10-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 69 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 20-10-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 71 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 22-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 59 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 21-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 151 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 22-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 60 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 26-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 33 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 30-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 101 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 27-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 102 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 27-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 103 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 27-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 104 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 27-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 1 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 04-01-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 2 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 04-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 19 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 30-05-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 47 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 17-08-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 48 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 18-08-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 49 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 18-08-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 66 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 06-09-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 77 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 03-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 78 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 03-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 79 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 03-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 80 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 03-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 82 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 83 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 84 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 85 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 86 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 87 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 08-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 89 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 29-11-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 92 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 09-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 93 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 09-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 94 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 09-12-2022 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 3 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 05-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 4 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 05-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 5 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 05-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 6 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 06-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 7 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 06-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 8 ARCHIVA DENUNCIA DE RUIDO QUE INDICA 06-01-2023 Página Web Particulares ARCHÍVENSE las denuncias individualizadas en el punto considerativo tercero de esta resolución, en virtud del principio conclusivo contenido en el artículo 8° de la Ley N° 19.880, pese a tratarse de denuncias revestidas de seriedad y mérito suficiente para ser admitidas a tramitación, en razón de las razones expresadas en los puntos considerativos cuarto y sexto, no corresponde continuar con su tramitación. Ver enlace
Res Ex 2180 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADAS POR ALBERTO HERRERA ESPINOZA 13-12-2022 Página Web Particulares   I. ARCHIVAR las denuncias ingresadas por Alberto Herrera Espinoza, con fechas 30 de marzo de 2020, y 30 de abril de 2021, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso cuarto, de la LOSMA. Lo anterior, sin perjuicio que, en razón de nuevos antecedentes, esta institución pueda analizar nuevamente el mérito de iniciar una eventual investigación conducente al inicio de un procedimiento en contra del denunciado. II. HACER PRESENTE que, el expediente físico de las denuncias y sus antecedentes se encuentran disponibles en las oficinas de la Superintendencia del Medio Ambiente. En cuanto a los expedientes de fiscalización, estos se encuentran disponibles, para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente: https://snifa.sma.gob.cl/Fiscalizacion. III. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LOSMA, en contra la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N° 19.880 que resulten procedentes.IV. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la Ley N° 19.880, a Alberto Herrera Espinoza, domiciliado en Avenida Manso de Velasco Oriente N° 766, Curicó, Región del Maule. Ver enlace
Res Ex 2181 ARCHIVA DENUNCIAS PRESENTADA POR NATALIA TORRES FUENTES, ERNESTO GREZ ARMANET Y POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS 13-12-2022 Página Web Particulares   I. ARCHIVAR las denuncias ingresadas por Natalia Torres Fuentes, con fecha 2 de noviembre de 2015; Ernesto Grez Armanet, con fecha 19 de julio de 2016; y por la Cámara de Diputados, con fecha 19 de diciembre de 2019, en virtud de lo establecido en el artículo 47, inciso cuarto, de la LOSMA. Lo anterior, sin perjuicio que, en razón de nuevos antecedentes, esta institución pueda analizar nuevamente el mérito de iniciar una eventual investigación conducente al inicio de un procedimiento en contra del denunciado. II. HACER PRESENTE que, los expedientes de fiscalización, estos se encuentran disponibles, para efectos de transparencia activa, en la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente: https://snifa.sma.gob.cl/Fiscalizacion. III. RECURSOS QUE PROCEDEN EN CONTRA DE ESTA RESOLUCIÓN. De conformidad a lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la LOSMA, en contra la presente resolución procede el reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación de la resolución, así como los recursos establecidos en el Capítulo IV de la Ley N° 19.880 que resulten procedentes. IV. NOTIFICAR POR CARTA CERTIFICADA, o por otro de los medios que establece el artículo 46 de la Ley N° 19.880, a Natalia Torres Fuentes, domiciliada en La Mina, comuna de San Clemente, Región del Maule; a Ernesto Grez Armanet, domiciliado en calle Los Gladiolos N° 10125, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y Raúl Soto Mardones, en su calidad de Presidente de la Cámara de Diputados, domiciliado para estos efectos en calle Compañía N° 1131, comuna de Santiago, Región Metropolitana.  Ver enlace
Res Ex 1870 ARCHIVA DENUNCIA PRESENTADA RESPECTO A POSIBLE INTERVENCIÓN EN HUMEDAL URBANO PICHIMAPU 24-10-2022 Página Web Particulares   ARCHIVAR la denuncia ingresada ante esta Superintendencia por el Diputado de la República Sr. Félix González Gatica, dado que no fue posible corroborar que los hechos denunciados configuran una hipótesis de elusión al SEIA en los términos del literal p) y s) del artículo 10 de la Ley N° 19.300. Ver enlace


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